Gobierno de España. Ministerio de Hacienda y Función Pública. Abre nueva ventana
Administración Presupuestaria

¿A quién va dirigido?

  • A los presidentes de las entidades locales que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 del Real Decreto 424/2017, quieran solicitar a la Intervención General de la Administración del Estado la emisión de un informe previo a la resolución de una discrepancia, siempre que la Administración General del Estado tenga asumida la tutela financiera de dicha entidad local.
  • A los interventores de las entidades locales que deben enviar el informe resumen anual en el que se plasmen los resultados del control interno señalado en el artículo 37 del Real Decreto 424/2017.